Todo un tema al cual no se le presta la debida atención, en particular si hablamos de edificios de oficinas públicas, donde por razones de presupuesto no siempre se pueden encarar las acciones necesarias a corregir los problemas, y muchas veces por el desinterés de quienes conducen dicha administración.
En realidad es complejo describir, señalar las causas por las cuales quienes deben asumir la responsabilidad de encarar las soluciones y prevenciones al problema no lo hacen. Seguramente por ahí hay gente especializada que está estudiando el tema y tienen mayores respuestas, aunque sin ninguna duda le agregaría la apatía al listado de causas.
El síndrome del edificio enfermo (Sick Building Syndrome (SBS)), ha sido definido, por la Organización Mundial de la Salud, como un conjunto de enfermedades originadas o estimuladas por la contaminación del aire en estos espacios cerrados. Ese conjunto de enfermedades originadas en la mala ventilación, la descompensación de temperaturas, las cargas iónicas y electromagnéticas, las partículas en suspensión, los gases y vapores de origen químico y los bioaerosoles, entre otros agentes causales identificados, generan todo tipo de molestias como jaquecas, náuseas, mareos, resfriados persistentes, irritaciones de las vías respiratorias, piel y ojos, etc.. Entre estos malestares, las alergias ocupan un papel importante.
Recientemente, en Europa, en el marco de un proyecto llamado AIRMEX («Proyecto para el control del aire interior y la evaluación del grado de exposición en Europa»), que recibió financiación del Centro Común de Investigación de la UE (JRC), se estudió la calidad del aire interior y la exposición personal a contaminantes mediante mediciones de la concentración de diecinueve compuestos orgánicos volátiles como carbonilos, terpenoides y sustancias aromáticas en edificios públicos y guarderías de varias ciudades europeas.
Los resultado del estudio revelan que muchos contaminantes atmosféricos nocivos se encuentran en mayor concentración en el interior de edificios que en el exterior.
Al igual que con el asunto de los escapes, se me da por pensar que por estos rumbos pasa algo similar.
En Santiago del Estero hay un instrumento legal, que dice textualmente en su artículo primero: "Prohíbese fumar en cualquier espacio cerrado con acceso público, tanto en el ámbito público o privado de la Provincia de Santiago del Estero. Quedan comprendidos los espacios comunes de los ambientes cerrados. Entiéndase por espacio común los pasillos, escaleras, baños y vestíbulos". Es la Ley Nº 6.962. Sancionada el 20/10/2009, promulgada el 04/11/2009 (vetada parcialmente por dec. 1555/2009 (establece el veto parcial al inciso D del artículo 8 de la Ley)), y publicada en el Boletín Oficial el 16/11/2009.
Existe también un antecedente legal, otra norma, la Ley Provincial Nº 6.321, "Normas generales y metodología de aplicación para la defensa, conservación y mejoramiento del Ambiente y los Recursos Naturales", publicada en el Boletín Oficial el 08/11/1996. Esta ley establecía en su artículo 52: "Todo niño, adolescente o embarazada tienen derecho a ser protegidos contra la contaminación del humo del tabaco, y todo ciudadano tiene derecho a ser informado sobre los riesgos que implica respirar aire contaminado con humo de tabaco. Y en su artículo 53: "Prohíbese fumar en todos los establecimientos públicos de la Provincia".
Ahora, y disculpen la torpeza o ignorancia, lo que yo no entiendo es ¿porque, en muchos de los organismos públicos en la Provincia, cuando uno entra se encuentra desde el responsable del lugar hasta empleados y visitantes fumando?, incrementando con esa acción, las malas condiciones del lugar. De hecho coincido con aquellos que señalan que las condiciones de las oficinas públicas no son buenas.
Prácticamente en casi todos lados hay carteles con Prohibido Fumar, Ley..., o Por Favor no Fume, y hasta Gracias por No Fumar, por citar algunos. Pero la humareda y ese rancio olor que se pega hasta en la ropa está presente. ¿Como se entiende esto?.
Las preguntas más importantes que me dan vueltas son: ¿como se defiende nuestro derecho a vivir bien?, ¿legalmente que se puede hacer contra los funcionarios responsables de un lugar que no sólo no vigilan el cumplimiento de una ley tan importante, sino que también la infringen?.
Me imagino que con semejantes personajes, uno no se puede poner a hablar de edificios enfermos ¿verdad?....¿Donde están las autoridades de aplicación de estas leyes?, ¿porque no se controla?.......¿cuando seremos una mejor sociedad?.
En realidad es complejo describir, señalar las causas por las cuales quienes deben asumir la responsabilidad de encarar las soluciones y prevenciones al problema no lo hacen. Seguramente por ahí hay gente especializada que está estudiando el tema y tienen mayores respuestas, aunque sin ninguna duda le agregaría la apatía al listado de causas.
El síndrome del edificio enfermo (Sick Building Syndrome (SBS)), ha sido definido, por la Organización Mundial de la Salud, como un conjunto de enfermedades originadas o estimuladas por la contaminación del aire en estos espacios cerrados. Ese conjunto de enfermedades originadas en la mala ventilación, la descompensación de temperaturas, las cargas iónicas y electromagnéticas, las partículas en suspensión, los gases y vapores de origen químico y los bioaerosoles, entre otros agentes causales identificados, generan todo tipo de molestias como jaquecas, náuseas, mareos, resfriados persistentes, irritaciones de las vías respiratorias, piel y ojos, etc.. Entre estos malestares, las alergias ocupan un papel importante.
Recientemente, en Europa, en el marco de un proyecto llamado AIRMEX («Proyecto para el control del aire interior y la evaluación del grado de exposición en Europa»), que recibió financiación del Centro Común de Investigación de la UE (JRC), se estudió la calidad del aire interior y la exposición personal a contaminantes mediante mediciones de la concentración de diecinueve compuestos orgánicos volátiles como carbonilos, terpenoides y sustancias aromáticas en edificios públicos y guarderías de varias ciudades europeas.
Los resultado del estudio revelan que muchos contaminantes atmosféricos nocivos se encuentran en mayor concentración en el interior de edificios que en el exterior.
Al igual que con el asunto de los escapes, se me da por pensar que por estos rumbos pasa algo similar.
En Santiago del Estero hay un instrumento legal, que dice textualmente en su artículo primero: "Prohíbese fumar en cualquier espacio cerrado con acceso público, tanto en el ámbito público o privado de la Provincia de Santiago del Estero. Quedan comprendidos los espacios comunes de los ambientes cerrados. Entiéndase por espacio común los pasillos, escaleras, baños y vestíbulos". Es la Ley Nº 6.962. Sancionada el 20/10/2009, promulgada el 04/11/2009 (vetada parcialmente por dec. 1555/2009 (establece el veto parcial al inciso D del artículo 8 de la Ley)), y publicada en el Boletín Oficial el 16/11/2009.
Existe también un antecedente legal, otra norma, la Ley Provincial Nº 6.321, "Normas generales y metodología de aplicación para la defensa, conservación y mejoramiento del Ambiente y los Recursos Naturales", publicada en el Boletín Oficial el 08/11/1996. Esta ley establecía en su artículo 52: "Todo niño, adolescente o embarazada tienen derecho a ser protegidos contra la contaminación del humo del tabaco, y todo ciudadano tiene derecho a ser informado sobre los riesgos que implica respirar aire contaminado con humo de tabaco. Y en su artículo 53: "Prohíbese fumar en todos los establecimientos públicos de la Provincia".
Ahora, y disculpen la torpeza o ignorancia, lo que yo no entiendo es ¿porque, en muchos de los organismos públicos en la Provincia, cuando uno entra se encuentra desde el responsable del lugar hasta empleados y visitantes fumando?, incrementando con esa acción, las malas condiciones del lugar. De hecho coincido con aquellos que señalan que las condiciones de las oficinas públicas no son buenas.
Prácticamente en casi todos lados hay carteles con Prohibido Fumar, Ley..., o Por Favor no Fume, y hasta Gracias por No Fumar, por citar algunos. Pero la humareda y ese rancio olor que se pega hasta en la ropa está presente. ¿Como se entiende esto?.
Las preguntas más importantes que me dan vueltas son: ¿como se defiende nuestro derecho a vivir bien?, ¿legalmente que se puede hacer contra los funcionarios responsables de un lugar que no sólo no vigilan el cumplimiento de una ley tan importante, sino que también la infringen?.
Me imagino que con semejantes personajes, uno no se puede poner a hablar de edificios enfermos ¿verdad?....¿Donde están las autoridades de aplicación de estas leyes?, ¿porque no se controla?.......¿cuando seremos una mejor sociedad?.
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