La Corte de La Haya determinó que Uruguay no informó debidamente sobre Botnia
Publicado por Infobae.com
La Corte Internacional advirtió que el gobierno de Montevideo no cumplió con el tratado que creó la comisión bilateral del Río Uruguay, tal y como lo planteó la Argentina. Aclaró que los magistrados no pueden opinar sobre las acusaciones por contaminación visual, sonora y por malos olores. La lectura del fallo lleva más de una hora
La Corte Internacional de La Haya señaló que Uruguay "no respetó la obligación del apartado 7 del Estatuto de 1975", que obliga a informar sobre los proyectos a la comisión bilateral del Río Uruguay.
"La información sobre los proyectos sólo puede provenir de la obligación de informar, que está a cargo de la parte que proyecta construir dichas industrias" sobre las márgenes del río, señaló Peter Tomka.
"Uruguay no informó los trabajos proyectados antes de autorizar la construcción de Botnia", determinó la Corte Internacional de La Haya, por lo que se entiende que Uruguay desconoció el artículo mencionado en el Estatuto del Río Uruguay.
"La Corte considera que Uruguay no tenía derechos durante todo el período de consultas ni de autorizar la construcción ni de construir las plantas ni la terminal portuaria", agregó.
En tanto, el juez Tomka aclaró que el tribunal internacional no puede intervenir en polémicas y acusaciones sobre la eventual contaminación del Río Uruguay. "La demanda relativa sobre los malos olores y su impacto en el turismo no son de competencia de esta corte", remarcó.
El tribunal internacional de La Haya sostuvo que la Argentina "no dio pruebas" sobre la eventual contaminación de la planta de celulosa que instaló la empresa Botnia en las costas del Río Uruguay.
El juez Peter Tomka, a cargo de la lectura del fallo, sostuvo que La Haya "no ve nada que pueda sustentar las demandas" de la Argentina en materia de contaminación visual y ambiental.
Además, sostuvo que "ningún artículo" del Tratado del Río Uruguay "aborda el tema 'malos olores', en consecuencia y por las mismas razones, la demanda relativa a los malos olores y a su impacto en el turismo no es de competencia de esta corte, aunque estos olores puedan entrar en la contaminación atmosférica, pero la verdad es que la Argentina no dio pruebas".
El magistrado aclaró que el tribunal internacional "no ve en el estatuto (del Río Uruguay) ninguna disposición que pueda sostener esta demanda, contaminación", que presentó la Argentina contra la planta de celulosa instalada en la ciudad de Fray Bentos. Infobae.com.-
En lo personal, considero que independientemente que se falle a favor de los reclamos realizados por Argentina, existe la convicción que la planta papelera UPM seguirá operando hasta que se acabe el tiempo del mega emprendimiento.
El tema importante a considerar son los controles y seguimientos del impacto al medio ambiente que genera la planta papelera UPM (ex Botnia). Es allí donde se debería apuntar muy seriamente.
Repitiendo lo expresado oportunamente en este blog, dentro de las acciones a plantearse como urgentes, de ahora en más, debe estar el exhaustivo monitoreo de los resultados del funcionamiento de la planta sobre el entorno. La determinación y documentación del impacto sobre el medio ambiente, de manera permanente es una prioridad que se deben fijar todos.
Muy importante es también, que esta acción se traslade a todas las otras plantas industriales que funcionan dentro de nuestro territorio nacional.
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La Corte Internacional advirtió que el gobierno de Montevideo no cumplió con el tratado que creó la comisión bilateral del Río Uruguay, tal y como lo planteó la Argentina. Aclaró que los magistrados no pueden opinar sobre las acusaciones por contaminación visual, sonora y por malos olores. La lectura del fallo lleva más de una hora
La Corte Internacional de La Haya señaló que Uruguay "no respetó la obligación del apartado 7 del Estatuto de 1975", que obliga a informar sobre los proyectos a la comisión bilateral del Río Uruguay.
"La información sobre los proyectos sólo puede provenir de la obligación de informar, que está a cargo de la parte que proyecta construir dichas industrias" sobre las márgenes del río, señaló Peter Tomka.
"Uruguay no informó los trabajos proyectados antes de autorizar la construcción de Botnia", determinó la Corte Internacional de La Haya, por lo que se entiende que Uruguay desconoció el artículo mencionado en el Estatuto del Río Uruguay.
"La Corte considera que Uruguay no tenía derechos durante todo el período de consultas ni de autorizar la construcción ni de construir las plantas ni la terminal portuaria", agregó.
En tanto, el juez Tomka aclaró que el tribunal internacional no puede intervenir en polémicas y acusaciones sobre la eventual contaminación del Río Uruguay. "La demanda relativa sobre los malos olores y su impacto en el turismo no son de competencia de esta corte", remarcó.
El tribunal internacional de La Haya sostuvo que la Argentina "no dio pruebas" sobre la eventual contaminación de la planta de celulosa que instaló la empresa Botnia en las costas del Río Uruguay.
El juez Peter Tomka, a cargo de la lectura del fallo, sostuvo que La Haya "no ve nada que pueda sustentar las demandas" de la Argentina en materia de contaminación visual y ambiental.
Además, sostuvo que "ningún artículo" del Tratado del Río Uruguay "aborda el tema 'malos olores', en consecuencia y por las mismas razones, la demanda relativa a los malos olores y a su impacto en el turismo no es de competencia de esta corte, aunque estos olores puedan entrar en la contaminación atmosférica, pero la verdad es que la Argentina no dio pruebas".
El magistrado aclaró que el tribunal internacional "no ve en el estatuto (del Río Uruguay) ninguna disposición que pueda sostener esta demanda, contaminación", que presentó la Argentina contra la planta de celulosa instalada en la ciudad de Fray Bentos. Infobae.com.-
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En lo personal, considero que independientemente que se falle a favor de los reclamos realizados por Argentina, existe la convicción que la planta papelera UPM seguirá operando hasta que se acabe el tiempo del mega emprendimiento.
El tema importante a considerar son los controles y seguimientos del impacto al medio ambiente que genera la planta papelera UPM (ex Botnia). Es allí donde se debería apuntar muy seriamente.
Repitiendo lo expresado oportunamente en este blog, dentro de las acciones a plantearse como urgentes, de ahora en más, debe estar el exhaustivo monitoreo de los resultados del funcionamiento de la planta sobre el entorno. La determinación y documentación del impacto sobre el medio ambiente, de manera permanente es una prioridad que se deben fijar todos.
Muy importante es también, que esta acción se traslade a todas las otras plantas industriales que funcionan dentro de nuestro territorio nacional.