La semana pasada se aprobó una ley por la cual se introducen modificaciones al Código Penal para incluir el castigo a delitos informáticos. Ahora, el diputado oficialista Dante Canevarolo presentó un proyecto para reglamentar el e-mail en el ámbito laboral. (Publicado por Télam).
El diputado oficialista Dante Canevarolo acaba de presentar un proyecto de ley que, de aprobarse, regularía el uso del correo electrónico en el ámbito laboral. La semana pasada se sancionó una modificación al Código Penal por la cual a partir de ahora algunos delitos informáticos serán castigados.
Según el diario Infobae, los principales puntos del proyecto son:
- Cuando el correo electrónico sea provisto por el empleador al trabajador en función o con motivo de una relación laboral, se entenderá que su titularidad corresponde al empleador, aún cuando la dirección de correo electrónico se conforme con parte del nombre o identificación del trabajador, o se requiera para acceder a dicho correo electrónico de una contraseña definida o conocida sólo por el trabajador.
- El empleador estará facultado para acceder y controlar toda la información que se envíe y reciba a través de la dirección de correo electrónico laboral, siempre que lo haga de un modo no discriminatorio.
- El acceso por parte del empleador al correo electrónico provisto al trabajador para fines laborales no se considerará una injerencia en la intimidad del trabajador.
- Para que el empleador pueda ejercer válidamente las facultades a que hace referencia el presente artículo, las condiciones de uso del correo electrónico laboral y las consecuencias del incumplimiento de dichas condiciones deberán haber sido comunicadas por escrito a los trabajadores.
- En caso de que la dirección de correo electrónico laboral se conforme con el nombre o parte del nombre del trabajador, una vez finalizada por cualquier causa la relación laboral, el trabajador podrá requerir que se elimine esa dirección de correo electrónico.
- La norma no se aplicará a las relaciones de empleo público.
El diputado oficialista Dante Canevarolo acaba de presentar un proyecto de ley que, de aprobarse, regularía el uso del correo electrónico en el ámbito laboral. La semana pasada se sancionó una modificación al Código Penal por la cual a partir de ahora algunos delitos informáticos serán castigados.
Según el diario Infobae, los principales puntos del proyecto son:
- Cuando el correo electrónico sea provisto por el empleador al trabajador en función o con motivo de una relación laboral, se entenderá que su titularidad corresponde al empleador, aún cuando la dirección de correo electrónico se conforme con parte del nombre o identificación del trabajador, o se requiera para acceder a dicho correo electrónico de una contraseña definida o conocida sólo por el trabajador.
- El empleador estará facultado para acceder y controlar toda la información que se envíe y reciba a través de la dirección de correo electrónico laboral, siempre que lo haga de un modo no discriminatorio.
- El acceso por parte del empleador al correo electrónico provisto al trabajador para fines laborales no se considerará una injerencia en la intimidad del trabajador.
- Para que el empleador pueda ejercer válidamente las facultades a que hace referencia el presente artículo, las condiciones de uso del correo electrónico laboral y las consecuencias del incumplimiento de dichas condiciones deberán haber sido comunicadas por escrito a los trabajadores.
- En caso de que la dirección de correo electrónico laboral se conforme con el nombre o parte del nombre del trabajador, una vez finalizada por cualquier causa la relación laboral, el trabajador podrá requerir que se elimine esa dirección de correo electrónico.
- La norma no se aplicará a las relaciones de empleo público.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Bienvenido al blog y muchas gracias por su visita. Espero que el contenido sea de utilidad, interés y agrado.
Los comentarios están moderados. Antes de colocar un comentario lea bien las condiciones, tenga en cuenta que no se permitirán comentarios que:
- sean anónimos y/o posean sólo un nickname.
- no estén vinculados a una cuenta.
- posean links promocionando páginas y/o sitios.
- no se admite propaganda de ningún tipo
- puedan resultar ofensivos o injuriosos
- incluyan insultos, alusiones sexuales innecesarias y
palabras soeces o vulgares
- apoyen la pedofilia, el terrorismo o la xenofobia.
Este Blog ni su autor tiene responsabilidad alguna sobre comentarios de terceros, los mismos son de exclusiva responsabilidad del que los emite. De todas maneras, por responsabilidad editorial me reservo el derecho de eliminar aquellos comentarios que considere inadecuados, abusivos, injuriantes, discriminadores y/o contrarios a las leyes de la República Argentina.