viernes, 4 de julio de 2014

España aprueba decreto ley que regula uso de VANT-UAV (drones) dentro de su espacio aéreo

'Drones' sí, pero seguros: el Gobierno aprueba una ley para regular su uso
Por Alberto G. Luna para El Confidencial.

CONTROL DE PILOTO Y ESPACIO AÉREO, LAS CLAVES

Piloto, tipo de drone y espacio aéreo. Como se esperaba, estos son los tres pilares sobre los que se sustenta la nueva regulación del Gobierno para el uso civil de este tipo de máquinas voladoras. La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha aprobado este viernes en el Consejo de Ministros una regulación del uso de los drones (vehículos aéreos no tripulados) para aprovechar el gran potencial económico que tiene este sector emergente.

La titular de Fomento ha explicado que el Ejecutivo apuesta de manera decidida por el impulso de esta actividad debido a su potencial estratégico para el desarrollo económico del país. "España tiene que adaptarse a este tipo de tecnologías, pero siempre garantizando la seguridad de los ciudadanos".

En este sentido ha explicado que la nueva regulación (incluida en un real decreto ley que además crea un nuevo marco aeroportuario, mejora la competitividad en los puertos e incrementa la seguridad ferroviaria), establece los requisitos necesarios para que el uso del drone sea seguro, en todo lo que implica tanto al vehículo, como al piloto y a la comunicación entre ambos.

Según ha explicado a Teknautas Daniel Montero, jefe de Sistemas de Aviónica de la empresa GMV, "en los últimos años se estaba abusando de los drones de forma ilegal. Existía un vacío en la legislación que era necesario cubrir. De todas formas esta regulación todavía es un pequeño paso ya que solo han legislado hasta los 150 kilos. Los grandes drones no se podrán utilizar para fines civiles".

Control sobre el 'drone', pero también del piloto

Según la titular de Fomento, a partir de ahora se especifican las características que deben tener estos aviones sin piloto, así como la formación que debe poseer la persona que los maneja desde tierra y las condiciones en las que se pueden utilizar.

El nuevo reglamento define además las esperadas categorías o tipos de drones, y los clasifica en función de su peso determinado.

"Es posible que incluso algunos de los requisitos como el de la formación del piloto no se puedan llevar a cabo actualmente porque no existan academias. Habrá que dejar que pase el tiempo para ir desarrollando las herramientas necesarias", ha añadido Montero. 

Durante la sesión de control al Gobierno, Pastor ha indicado que el objetivo de su departamento es velar por la seguridad aérea. "A partir de ahora tendremos drones trabajando en actividades como la identificación de bancos de pesca, en la filmación de películas deportivas, la investigación de la vida salvaje o la lucha contra incendios o salvamiento marítimo. Estamos dando a esta nueva tecnología una utilidad práctica", ha explicado.

Los drones son considerados como aeronaves por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), y por tanto están sujetos a la legislación aeronáutica general vigente en España y en Europa, lo que no hace posible su vuelo en todos los casos. Fomento prohibió su uso con fines comerciales el pasado mes de abril.

Aunque su utilización seguirá prohibida sobre núcleos urbanos o grupos de población (playas, conciertos o manifestaciones), se podrá conceder autorizaciones puntuales. / Por Alberto G. Luna para El Confidencial.--
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